Articulo 154 . Para fijar el precio mínimo de la enajenación se tendrán en cuenta los factores de costo determinados en el artículo 156 del presente Decreto, incluyendo el costo del área de la zona remodelada que ha de quedar permanentemente incorporada al uso público y las plusvalías generadas, por ellos. En todo caso el precio mínimo deberá garantizar la recuperación completa del costo de la obra.
Decreto 2709 de 1983 →Vigente
Artículo 154
Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.