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Artículo 76

El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social Podrá Establecer Nuevas Secciones Departamentales De Productividad, Previo Estudio De Aquellas Regiones Que En Razón De Su Desarrollo Requieran Su Establecimiento

Decreto 658 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrá establecer nuevas Secciones Departamentales de Productividad, previo estudio de aquellas regiones que en razón de su desarrollo requieran su establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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