Micelio

Artículo 6

Sanciones En Caso De Reformas Estatutarias

Ley 1778 de 2016 · por la cual se dictan normas sobre la responsabilidad de las personas jurídicas por actos de corrupción transnacional y se dictan otras disposiciones en materia de lucha contra la corrupción.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos en que una persona jurídica, que hubiere incurrido en la conducta descrita en el artículo 2°, reforme o cambie su naturaleza antes de la expedición del acto administrativo sancionatorio, se seguirán las siguientes reglas:

1.

En los casos en que una sociedad, que hubiere incurrido en alguna de las conductas señaladas en el artículo 2° de esta ley, se extinguiere por efecto de una fusión, la sociedad absorbente o de nueva creación se hará acreedora de la sanción señalada en esta ley.

2.

En los casos en que una sociedad incurra en alguna de las conductas señaladas en el artículo 2° de esta ley y posteriormente se escinda, todas las sociedades que hayan participado en el proceso de escisión, bien como escindente o beneficiaria, estarán sujetas solidariamente a las sanciones de que trata esta ley.

3.

En los casos de transferencia de control sobre una sociedad que hubiere incurrido en alguna de las conductas señaladas en el artículo 2° de esta ley, el sujeto adquirente del control estará sujeto a las sanciones de que trata esta ley.

4.

Las reglas precedentes serán aplicables a todas las formas asociativas diferentes de las sociedades.

Parágrafo

Este artículo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en el Código de Comercio y la Ley 222 de 1995 en relación con la transmisión de derechos y obligaciones en fusiones y escisiones, en los casos en que exista un acto administrativo ejecutoriado imponiendo una sanción a la persona jurídica objeto de la reforma estatutaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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