El mandante cumplirá las obligaciones que a su nombre ha contraído el mandatario dentro de los límites del mandato.
Será, sinembargo, obligado el mandante si hubiere ratificado espresa o tácitamente cualesquiera obligaciones contraídas a su nombre.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El mandante cumplirá las obligaciones que a su nombre ha contraído el mandatario dentro de los límites del mandato.
Será, sinembargo, obligado el mandante si hubiere ratificado espresa o tácitamente cualesquiera obligaciones contraídas a su nombre.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.