Micelio

Artículo 553

El Presidente Tiene Las Siguientes Atribuciones Especiales: A) Hacer Guardar El Orden Y En Casos Necesarios Hacer Despejar La Sala; B) Impedir Que Los Concurrentes Porten Armas; C) Sancionar A Los Que Promuevan O Causen Desórdenes, Hasta Con Tres Días De Arresto; D) Practicar Cualquier Prueba Conducente Que Se Le Solicite V Que Pueda Producirse En El Acto; E) Hacer Comparecer A Los Testigos Con Multas Sucesivas Hasta De Cien Pesos O Con Arresto Hasta De Diez Días; F) Interrogar A Los Testigos; G) Dirigir La Audiencia

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Presidente tiene las siguientes atribuciones especiales

a)

Hacer guardar el orden y en casos necesarios hacer despejar la Sala;

b)

Impedir que los concurrentes porten armas;

c)

Sancionar a los que promuevan o causen desórdenes, hasta con tres días de arresto;

d)

Practicar cualquier prueba conducente que se le solicite v que pueda producirse en el acto;

e)

Hacer comparecer a los testigos con multas sucesivas hasta de cien pesos o con arresto hasta de diez días;

f)

Interrogar a los testigos;

g)

Dirigir la Audiencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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