Micelio

Artículo 1

Ley 7 de 1938 · Por la cual se concede una recompensa a los militares que figuren en el Escalafón de Antiguos Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los ciudadanos incorporados en el Escalafón de antiguos militares tendrán, además de los derechos a ellos concedidos en otras disposiciones, una recompensa por una sola vez consistente en un año del sueldo que les correspondiera según su grado si estuvieran al servicio activo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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