Informes sobre la distribución y giros. El Administrador del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar de cada uno de los juegos, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de consignación de los recursos a la entidad territorial, remitirá a cada una de las entidades territoriales un informe de los valores asignados en la distribución, discriminando:
Valor total asignado en la distribución de los recursos originados en juegos diferentes del lotto en línea, lotería preimpresa y lotería instantánea.
Valor girado al Fondo de Investigaciones en Salud.
Valor girado a la respectiva entidad territorial.
(Art. 8 del Decreto 1659 de 2002)