Micelio

Artículo 32

Decreto 1609 de 2002 · por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sanciones a los propietarios o tenedores de vehículo que transporte mercancías peligrosas. A. Serán sancionados con multa equivalente a doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), por infracciones a lo dispuesto en el artículo 15 literales B, C y E del presente decreto. B. Serán sancionados con multa equivalente a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), por infracciones a lo dispuesto en el artículo 15 literal D del presente decreto. C. Serán sancionados con multa equivalente a veinte (20) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), por infracciones a lo dispuesto en el artículo 15 literales F y J del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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