Micelio

Artículo 1

Decreto 3228 de 1965 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para 1965 (Deuda Pública Nacional, Ministerio de Guerra y Policía Nacional), por $ 12.550.000.00

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El texto del artículo

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º . Hácense los siguientes Contracréditos en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1965. Presupuesto de funcionamiento Deuda Pública Nacional CAPITULO 0301 Deuda Externa Documentos al portador - Deuda en dólares. Bonos colombianos de Deuda Externa 1940 del 3% 510 Articulo 3001. Servicio de los "Bonos Colombianos de Deuda Externa, 1940" del 3% anual, de conformidad con los. contratos de fideicomiso celebrados con Hallgarten & Co. y Kidder Peabody & Co. de New York, 1° de octubre de 1940, en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 54 de 1939 y el Decreto número 1388 de 1940, así: 301 1° Amortización $ 14.750.000.00 302 2° Intereses 3.259.000.00 303 3° Comisiones y gastos 45.000.00 30.000.00 Deuda en Libras Esterlinas 510 y Bonos Convenidos de 1942. Artículo 3004. Servicio de los empréstitos en libras esterlinas contratados en 1906, 1911, 1913 (emisiones francesas e inglesa) 1916, 1920 y de los "Bonos o Scrip de 1942", de conformidad con el contrato de fideicomiso celebrado con Lazard Brothers & Co. Ltda., de Londres, el 13 de julio de 1943, las Leyes 128 y 150 de 1942, y el Decreto número 1578 de 1943,. así: 301 1 Amortización $ 1.200.000.00 302 2 Intereses 740.000.00 303 3 Comisiones y gastos 60.000.00 Cédulas del Banco Agrícola Hipotecario 510 Artículo 3005. Servicio de las cédulas hipotecarias emitidas en libras esterlinas por el Banco Agrícola Hipotecario, las cuales corresponde servir al Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7º de 1943, el Decreto extraordinario número 2800 del mismo año, y el contrato celebrado con la Corporación de Tenedores de Bonos Extranjeros de Londres; el 1° de abrir de 1942, perfeccionado por la República de Colombia el 9 de noviembre de 1943, y el. contrato de fideicomiso celebrado con Lazard Brothers & Co. Ltda. de Londres, el 13 de julio de 1943, así: 301 1 Amortización 575.000.00 302 2 Intereses 380.000.00 303 3 Comisiones y gastos 45.000.00 180.000.00 Documentos a la orden Deuda en dólares Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (Plan Vial) - Crédito 144-Co. 510 Artículo 3006. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, de Washington, de conformidad con el contrato de préstamo celebrado el 6 de junio de 1956, en desarrollo de la Ley 90 de 1948 y los Decretos legislativos números 975 y 1340 de 1951, para financiar el Plan Vial, así: 301 1° Amortización 11.700.000.00 302 2° Intereses 4.617.000.00 303 3° Comisiones y gastos 10.000.00 330.000.00 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Ferrocarril del Atlántico Crédito 68-Co. 510 Artículo 3007. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción- y Fomento de Washington, para financiar la construcción del Ferrocarril del Atlántico (ex. Ferrocarril del Magdalena), de conformidad con el contrato de préstamo celebrado el día 26 de agosto de 1952, el cual fue aprobado por el Decreto legislativo número 2464 bis de 1952 y la Ley 17 del mismo año, así: 301 1 Amortización 9.000.000.00 302 2 Intereses 8.415.000.00 303 3 Comisiones y gastos 15.000.00 420.000.00 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Ferrocarril del Atlántico Crédito 119-Co. 510 Artículo 3008. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, para financiar la construcción del Ferrocarril del Atlántico (ex Ferrocarril del Magdalena), de conformidad con el contrato de garantía solidaria, celebrado el15 de junio de 1955 y las autorizaciones de la Ley,17-de 1952 y los Decretos legislativos números 1007 y 1959 de 1955, así: 301 1 Amortización 5.200.000.00 302 2 Intereses 6.450.000.00 303 3 Comisiones y gastos 25.000.00 1.110.000.00 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento Ferrocarril del Atlántico Crédito 267-Co. 510 Artículo 3009. Servicio de la deuda contraída con el Banca Internacional de Reconstrucción y Fomento de Washington, para financiar la construcción del Ferrocarril del Atlántico (ex Ferrocarril del Magdalena), de. conformidad con el contrato de garantía solidaria, celebrado el 20 de septiembre de 1960, y las autorizaciones de la Ley 17 de 1952 y el Decreto legislativo número 3274 de 1954 y el Decreto 2046 de 1960, así: 301 1 Amortización 2.835.000.00 302 2 Intereses 2.653.400.00 303 3 Comisiones y gastos 9.600.00 140.000.00 Pagarés para adquisición de equipo para construcción, reconstrucción y pavimentación de carreteras. 510 Artículo 3010. Servicio de los pagarés en dólares destinados a financiar la adquisición de equipo para construcción, reconstrucción y pavimentación de, carreteras nacionales, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por la Ley 88 de 1931, el Decreto legislativo número 1651 de 1955, y en armonía con las estipulaciones de los contratos correspondientes, así: 301 1 Amortización 15.036.010.00 302 2 Intereses 5.310.360.00 303 3 Comisiones y gastos 20.000.00 3.590.000.00 Export Import Bank of Washington Creditor 1573 510 Artículo 3011. Servicio de la deuda contraída con el Export Import Bank of Washington, en desarroPo del contrato celebrado entre la República de Colombia y. el Export Import Bank of Washington de fecha 15 de j u n i o de 1961, de conformidad con el Decreto 1258 de 1961, expedido en v i rtud de la Ley 123 de 1959, así: 301 1° Amortización 80.820,000.00 302 2"° Intereses 18.700.000.00 303 3° Comisiones y gastos 2.000.00 300.000.00 Development Loan Fund Crédito 207 510 Artículo 3012. Servicio de la deuda contraída con el Development Loan Fund (D.L.F.), de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia, el Instituto de Crédito Territorial y el Developmet. Loan Fund (D.L.F.), de fecha 2 de agosto de 1961, para financiar la construcción de viviendas por esfuerzo propio, en armonía con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 1808 de agosto 1° de 1961, expedido en virtud de la Ley 123 de 1959, así: 301 1° Amortización 180.000.00 302 2° Intereses 4.320.000.00 303 3° Comisiones y gastos 2.800.00 130.000.00 Development Loan Fund Crédito 20 510 Artículo 3013, Servicio de la deuda contraída con el Development Loan Fund (D.L.F.), de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia, la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero y el Development Loan Fund (D.L.F.), de fecha 2 de agosto de 1961, para financiar el programa de colonización y . ampliación de colonizaciones existentes y ranchos familiares, en armonía con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 1820 de 1961, de agosto 2, expedido en virtud de la Ley 123 de 1950, así: 301 1° Amortización 1.800.000.00 302 2"° Intereses 2.858.400.00 303 3° Comisiones y gastos 2.400.00 30.000.00 Banco Interamericano de Desarrollo Departamento de Planeación 510 Artículo 3014. Servicio de la deuda contraída con el Banco Interamericano de Desarrollo de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia y el Banco Interamericano de Desarrollo, para financiar la Sección de Proyectos Específicos del Departamento Administrativo de Planeación, de fecha 14 de octubre de 1961, en armonía con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 2483 de octubre 3 de 1961, expedido en virtud de la Ley 123 de 1959, así: 301 1° Amortización 1.500.000.0!) 302 2"° Intereses 258.750.00 303 3° Comisiones y gastos 5,000.00 710.003.00 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y Asociación Internacional de Fomento ' Créditos 295-C0. y 5-CO. 510 Artículo 3015. Servicio de la deuda contraída con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y la Asociación Internacional de Fomento, de Washington, en desarrollo de los contratos celebrados entre la República de Colombia, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y, la Asociación Internacional de Fomento, el 28 de agosto de 1961, para financiar la construcción de carreteras nacionales, en especial el II Plan Vial Nacional de Carreteras, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 2053 de 1961, expedido en virtud de la Ley 123 de 1959, así: 301 1° Amortización 15.265.575.00 302 2"° Intereses 131.625.00 303 3° Comisiones y gastos 3.750.00 2.600.000.00 Compañía Nacional de Electricidad 510 Artículo 3016. Servicio de la deuda contraída por la compra de la Empresa Colombiana de Electricidad, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 13 de 1962, así: 301 1° Amortización 21.600.000.00 303 3° Comisiones y gastos 100.000.00 90.000.00 Agencia para el Desarrollo Internacional Crédito A.I.D. 23 510 Artículo 3017. Servicio de la deuda, contraída con la Agency for International Development (A.LD.), de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia y la Agency for International Development (A.I.D.), el día 12 de abril de 1962, para financiar los costos del cambió exterior en desarrollo de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 939 de 1962, expedido en virtud de la Ley 123 de 1959, así: 302 2"° Intereses 9.450.000.00 303 3° Comisiones y gastos 30.000.00 20.000.00 Agencia para el Desarrollo Internacional Crédito A.I.D. 514-1-024 Artículo 3018. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development (A.I.D.), de Washington, en desarrollo del contrato celebrado entre la República de Colombia y dicha Agencia, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por el Decreto número 3338 de 1962, expedido en desarrollo de las Leyes 123 de 1959 y 9° de 1962, así: 302 2"° Intereses 4.050.000.00 303 3° Comisiones y gastos 10.000.00 510.000.00 Otros empréstitos en desarrollo de las Leyes 123 de 1959 y 9° de 1962. 510 Artículo 3020. Servicio de los empréstitos externos que adquiera el Gobierno Nacional en desarrollo de autorizaciones vigentes, de conformidad con las Leyes 123 de 1959 y 91° de 1962, así: 302 2° Intereses 4.554.000.00 303 3° Comisiones y gastos 10.000.00 ICAX 14-3 510 Artículo 3024. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development (A.I.D.) de Washington, el día 20 de septiembre"dé 1963, para incrementar el desarrollo de la política agraria nacional, en virtud de las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 24 de 1959 y de 1963, así: 301 1° Amortización 110.000.00 302 2° Intereses 780.000.00 303 3° Comisiones y gastos 10.000.00 15.000.00 ICAX 14-4 510 Contraída con el Export Import Bank, de acuerdo con los convenios de fecha noviembre 16 de 1959, marzo 27 de 1963 y diciembre 24 de 1963, para la financiación de proyectos 0 de otros propósitos de desarrollo económico, en armonía con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 24 de 1959 y 7° de 1963, así: 301 1° Amortización 534.460.00 302 2° Intereses 3.440.000.00 303 3° Comisiones y gastos 20.000.00 390.000.00 Pagarés a favor de Degendorfer Werft . 510 Artículo 3027. Servicio de los pagarés expedidos a favor de Degendorfer Wert und Eisembau, Gesellschaft m.b.E., para atender a la adquisición de dos dragas hidráulicas, de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 261 de 1938 y 88 de 1943 y en armonía con las estipulaciones del contrato celebrado entre el Gobierno Nacional y la citada sociedad, de fecha 29 de mayo de 1962, así: 301 1° Amortización 2.181.128.00 302 2"° Intereses 458.037.00 303 3° Comisiones y gastos 20.000.00 55.000.00 EXIÑBANK - Crédito 2140 510 Artículo 3028. Servicio de la deuda contraída con el Export Import Bank of Washington, en desarrollo del contrato celebrado con la República de Colombia con eífin de llevar a cabo un programa de desarrollo agrario y de conformidad con las autorizaciones, conferidas al Gobierno Nacional por las Leyes 123 de 1959 y 9°- de 1962 y 7° de 1963, así: 302 2° Intereses 1.240.000.00 303 3° Comisiones y gastos 20.000.00 440.000.00 A.I.D. - Crédito 514-L-025 510 Artículo 3029. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development de Washington, de conformidad con el contrato de fecha 26 de junio de 1963 y en virtudde la autorización conferida al Gobierno Nacional por el Decreto número 1415 de junio de 1963, en base de la Ley 123 de 1959 para la obtención de recursos y financiación de planes de desarrollo económico y mejoramiento social y para contribuir al equibrio de la Balanza de Pagos, así: 302 2 Intereses 280.000.00 303 3 Comisiones y gastos 20.000.00 290.000.00 A . I .D - Crédito 514-L-030 Artículo 3030. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Development de Washington, de conformidad con el contrato de fecha septiembre 18 de 1963, en virtudde las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional por medio del Decreto 2144 bis de 1963, y en base a las Leyes 123 de 1959 y 9® de 1962, para adelantar estudios sobre recursos minerales, así: 302 2 Intereses 140.000.00 303 3° Comisiones y gastos 200.000.00 150.000.00 A.I.D. 514-L-032 510 Artículo 3031. Servicio de la deuda contraída con la Agency for International Developmente de Washington, de conformidad con el contrato de fecha marzo 11 de 1964, en virtud de las Leyes 123 de 1959 y 9» de 1962, para el desarrollo de un programa económico-social, así: 1° Amortización 1.015.000.00 2"° Intereses 25.000.00 20.000.00 Imprevistos. 305 510. Artículo 3033. Gastos imprevistos de la deuda pública externa 230.000.00 Suman los Contracréditos $ 12.550.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

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