ARTICULO 8o. Oficina de Sistemas. - Corresponde a la Oficina de Sistemas el ejercicio de las siguientes funciones
Realizar el análisis, diseño en implantación de los sistemas de información centralizados en el nivel nacional y de redes de información distribuidas en el orden regional;
Participar en el levantamiento y actualización de las necesidades de información en los niveles nacional y regional;
Diseñar en coordinación con las otras dependencias del Ministerio, las formas y procedimientos adecuados para el correcto flujo, procesamiento y utilización de la información;
Realizar los estudios necesarios para el desarrollo de nuevas aplicaciones y proponer las especificaciones técnicas de los equipos requeridos para su implantación;
Asistir a las dependencias del Ministerio en asuntos relacionados con organización, métodos y procedimientos;
Realizar los desarrollos informáticos para el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, suministrar los sistemas de información y consolidar la infraestructura requerida;
Establecer y aplicar estándares de documentación para los sistemas desarrollados;
Proporcionar información agregada de las redes y sistemas de información para el análisis estadístico.
Proponer los planes de inversión en tecnología informática, requeridos por el Ministerio;
Elaborar y ejecutar los planes de capacitación en materia de informática;
Dar mantenimiento a las redes y sistemas de información del Ministerio;
Producir los resultados automáticos generados por las redes y los sistemas de información;
Diseñar, actualizar y ejecutar un plan de control y seguridad para garantizar el adecuado manejo de la información y optimizar la infraestructura computacional;
Elaborar y mantener actualizados los manuales de funciones y de procedimientos y velar por su adecuada implantación;
Garantizar el adecuado funcionamiento a los equipos computacionales de propiedad del Ministerio;
Proponer la aplicación de nuevas tecnologías informáticas, en el Ministerio;
Presentar a consideración de su superior inmediato, en el mes de diciembre de cada año, una evaluación relacionada con el cumplimiento de los objetivos propuestos y un programa anual de actividades a desarrollar por el área de su competencia, en el año inmediatamente siguiente, y
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.