Las obras seguirán bajo la dirección del Superior y Rector del mencionado Colegio, con cargo de enviar el la cuenta de los gastos a la Corte del ramo, para su examen.
Ley 41 de 1920 →Vigente
Artículo 2
Ley 41 de 1920 · que ordena el gasto necesario para la conclusión del Colegio de San Bartolomé
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.