Micelio

Artículo 34

Una Vez Que La Escuela Haya Terminado La Preparación De Los Dos Primeros Cursos De Agentes, El Personal Para El Perfeccionamiento De Suboficiales Se Tomará Del De Alumnos De Los Cursos De Preparación Y Perfeccionamiento De Agentes Que En Los Exámenes Finales Hayan Obtenido Un Promedio De Calificaciones Mayor De Cuatro, Y Que Estén En Servicio En La Policía Nacional

Decreto 945 de 1940 · Orgánico de la Escuela de Policía General Santander

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Una vez que la Escuela haya terminado la preparación de los dos primeros Cursos de Agentes, el personal para el perfeccionamiento de Suboficiales se tomará del de alumnos de los Cursos de Preparación y Perfeccionamiento de Agentes que en los exámenes finales hayan obtenido un promedio de calificaciones mayor de cuatro, y que estén en servicio en la Policía Nacional. Este personal, llegado el caso, ingresará a la Escuela al Curso de Preparación de Suboficiales sin necesidad de presentar examen de que trata el ordinal 3° del artículo 14 de este Reglamento. La selección se hará siguiendo el orden descendente de calificaciones y teniendo en cuenta, además, la hoja de servicios de los candidatos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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