Micelio

Artículo 21

Los Estados Partes Podrán Formular Reservas A La Presente Convención Al Momento De Aprobarla, Firmarla, Ratificarla O Adherir A Ella, Siempre Que No Sean Incompatibles Con El Objeto Y Propósito De La Convención Y Versen Sobre Una O Más Disposiciones Específicas

Decreto 2056 de 1999 · por el cual se promulgan unos tratados internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Estados Partes podrán formular reservas a la presente Convención al momento de aprobarla, firmarla, ratificarla o adherir a ella, siempre que no sean incompatibles con el objeto y propósito de la Convención y versen sobre una o más disposiciones específicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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