° Las importaciones de los productos comprendidos en las posiciones arancelarias a que se refiere el presente Decreto, estarán sujetas al pago del uno por ciento (1%) sobre legalización de las facturas consulares de que trata el artículo 232 del Decreto-ley 444 de 1367 y a los gravámenes establecidos en el artículo 6.° de este Decreto,
Decreto 1948 de 1980 →Vigente
Artículo 1
Las Importaciones De Los Productos Comprendidos En Las Posiciones Arancelarias A Que Se Refiere El Presente Decreto, Estarán Sujetas Al Pago Del Uno Por Ciento (1%) Sobre Legalización De Las Facturas Consulares De Que Trata El Artículo 232 Del Decreto-Ley 444 De 1367 Y A Los Gravámenes Establecidos En El Artículo 6
Decreto 1948 de 1980 · Por el cual se reducen los gravámenes arancelarios a las importaciones de productos originarios y provenientes de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.