Micelio

Artículo 5

De La Expedición De La Constancia Sobre El Cumplimiento De Requisitos Y Sus Efectos

Decreto 1334 de 1990 · por el cual se reglamenta el inciso tercero del artículo 27 de la Ley 10 de 1990, sobre la inscripción extraordinaria en la Carrera Administrativa de los empleados públicos del subsector oficial de Salud, al servicio de las entidades territoriales y de sus entes descentralizados.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la expedición de la constancia sobre el cumplimiento de requisitos y sus efectos. Compete al Jefe de Personal o a quien haga sus veces, en la entidad de salud en la cual el empleado presentó su solicitud, hacer constar bajo la gravedad de juramento, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, que conforme a los documentos que se hayan aportado a la hoja de vida, el empleado cumple con los requisitos exigidos para la inscripción extraordinaria en la Carrera Administrativa. Dicho juramento se entenderá prestado con la firma de la correspondiente constancia dentro del formulario. El Jefe de Personal o quien haga sus veces, remitirá al Ministerio de Salud dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes, la relación de los empleados a quienes se les haya certificado requisitos en el mes inmediatamente anterior, la cual deberá ser refrendada con la firma del Jefe de la entidad correspondiente. Copia de esta relación deberá remitirse al Secretario o Director Local o Seccional de Salud y al Jefe de la Administración Local o Seccional correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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