Dentro Del Término De Sesenta (60) Días, Contados A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, Los Establecimientos Públicos Reducirán Sus Gastos Mensuales De Funcionamiento En Un Porcentaje No Inferior Al 10% Del Promedio Mensual De Dichos Gastos, Registrado En Los Tres (3) Meses Inmediatamente Anteriores A La Fecha De Este Decreto
Decreto 2030 de 1963 · Por el cual se dictan algunas normas para reducir los gastos de funcionamiento del Gobierno Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Dentro del término de sesenta (60) días, contados a partir de la vigencia del presente Decreto, los establecimientos públicos reducirán sus gastos mensuales de funcionamiento en un porcentaje no inferior al 10% del promedio mensual de dichos gastos, registrado en los tres (3) meses inmediatamente anteriores a la fecha de este Decreto.
Parágrafo
Dentro del término de noventa (90) días, contados desde la vigencia de este Decreto, los establecimientos públicos informarán al Ministerio de Hacienda y Crédito Público acerca de 1a forma en la cual hayan dado cumplimiento a lo dispuesto en él.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.