Micelio

Artículo 122

De Toda Demanda A Petición Que Curse En Los Organismos Administrativos O Jurisdiccionales Del Estado, Relacionada Expresamente Con El Icbf, O Que Pueda Afectar Su Patrimonio, Se Notificará O Comunicará Según El Caso Al Director General O Regional, Quien Deberá Tomar Las Medidas Adecuadas Para La Defensa De Los Intereses Del Instituto

Decreto 2388 de 1979 · Por el cual se reglamentan las leyes 75 de 1968, 27 de 1974 y 7ª de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De toda demanda a petición que curse en los organismos administrativos o jurisdiccionales del Estado, relacionada expresamente con el ICBF, o que pueda afectar su patrimonio, se notificará o comunicará según el caso al Director General o Regional, quien deberá tomar las medidas adecuadas para la defensa de los intereses del Instituto. Los secretarios del Senado y de la Cámara de Representantes tienen igual obligación respecto de los proyectos de Ley que tengan relación con el instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2388 de 1979