El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 3145 de 1990. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de julio de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO
Decreto 1595 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1595 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 011 del 11 de mayo de 1994 de la Junta Directiva del Fondo Nacional del Notariado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.