Micelio

Artículo 64

Ley 2 de 1945 · Por la cual se organiza la carrera de Oficiales del Ejército, se señalan prestaciones sociales para los empleados civiles del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones sobre prestaciones sociales a los individuos de tropa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Los herederos forzosos en el orden preferencial señalado en el artículo anterior, de los soldados combatientes y de servicios, que fallezcan en el servicio activo, tendrán derecho a que el tesoro público por una sola vez, una cantidad igual título de indemnización, la cantidad de quinientos pesos ($500).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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