Artículo segundo. Suspéndense los demás efectos del artículo sexto del Decreto número 2307 del 4 de septiembre de 1953, para el presente año, en el sector centro-oriental de la República. Comuníquese y publíquese.
Decreto 292 de 1955 →Vigente
Artículo 2
Decreto 292 de 1955 · Por el cual se modifica el Decreto número 2307 del 4 de septiembre de 1953
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.