Micelio

Artículo 4

El Presente Decreto Rige, Desde Expedición, Pero Tendrá Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Noviembre Del Corriente Año

Decreto 16 de 1961 · Por el cual se organiza el Servicio de Control y Vigilancia de las Radiocomunicaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4° El presente Decreto rige, desde expedición, pero tendrá efectos fiscales a partir del 1° de noviembre del corriente año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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