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Artículo 2.9.1.1.13

Funciones Del Administrador Del Siif Nación

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Administrador del SIIF Nación. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público determinará las funciones que ejercerá el Administrador del SIIF Nación, quien como mínimo deberá:

a)

Ejecutar las decisiones adoptadas por el Comité Directivo del SIIF Nación;

b)

Definir la priorización de los desarrollos requeridos para mantener actualizada la funcionalidad del aplicativo de acuerdo con la normatividad vigente, en coordinación con los órganos rectores;

c)

Definir las funcionalidades que posibiliten la integridad de los distintos módulos que conforman el sistema;

d)

Verificar que las funcionalidades del aplicativo operen adecuadamente y registren la información de manera correcta;

e)

Proponer mejoras y cambios a la funcionalidad del aplicativo que no modifiquen el modelo conceptual aprobado por el Comité Directivo, para aprobación del Comité Operativo y de Seguridad del SIIF Nación;

f)

Evaluar y aprobar las propuestas de mejoras y cambios que hagan los órganos rectores y las entidades usuarias, para presentarlas al Comité Operativo y de Seguridad del SIIF Nación;

g)

Definir y ejecutar la estrategia de capacitación y acompañamiento a los usuarios en el uso del Sistema;

h)

Establecer procedimientos para el buen uso de la aplicación;

i)

Velar por el cumplimiento del modelo de seguridad aprobado por el Comité Directivo;

j)

Prestar soporte funcional y conceptual sobre el aplicativo a los usuarios del SIIF y a las entidades y dependencias miembros del Comité Directivo;

k)

Coordinar con los órganos rectores y con las entidades los procesos administrativos que se requieran para el buen funcionamiento del aplicativo;

l)

Emitir concepto para el Comité Directivo cuando se propongan cambios al aplicativo que modifiquen o adicionen el modelo conceptual;

m)

Hacer propuestas de cambios normativos que permitan apoyar los negocios a través de la aplicación;

n)

Presentar al Comité Directivo propuestas de cambios funcionales que modifiquen o adicionen el modelo conceptual del Sistema para su aprobación.

(Art. 13 Decreto 2674 de 2012)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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