(Artículo 16 de la Ley 88 de 19483). Durante la vigencia fiscal de 1949, y para el equilibrio del Presupuesto, se tomará la partida de novecientos mil pesos ($ 900.000) procedente de la renta de destinación especial de "Formularios Consulares" de que tratan la Ley 88 de 1945 y el Decreto legislativo número 2464 de 1948.
Los mayores ingresos de las rentas de destinación especial sobre los cáuculos incluidos en el Presupuesto de la actual vigencia, excluidas aquellas en que tengan paticipación los Departamentos y Municipios, y hasta un total de dos millones quinientos mil pesos ($ 2.500.000) también serán destinados al equilibrio del Presupuesto.