Reconózcase, al municipio de Marinilla, conocido históricamente como San José de la Marinilla, y previo concepto del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, los estímulos mencionados en el artículo 18 de la Ley 397 de 1997, a los creadores, gestores, promotores de las tradiciones culturales y de las Procesiones de Semana Santa y del Festival de Música Religiosa de Marinilla.
Ley 2606 de 2026 →Vigente
Artículo 2
Ley 2606 de 2026 · Por medio de la cual se declara patrimonio nacional e inmaterial las tradiciones propias de la Semana Santa y el Festival de Música Religiosa del municipio de Marinilla, reconocido históricamente como San José de la Marinilla del departamento de Antioquia, se le reconoce como ciudad con alma musical de Colombia y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.