La Dirección General Unidad Administrativa Especial para los Derechos Humanos estará a cargo de un Director que cumplirá las siguientes funciones
Dirigir los programas de protección de los derechos humanos que le determine el Consejo Gubernamental de Derechos Humanos y el Ministro del Interior y tomar medidas preventivas o de emergencia cuando exista amenaza inminente de transgresión de los derechos humanos;
Orientar y tomar las decisiones necesarias para el desarrollo del Programa de Protección Especial a Testigos y Personas Amenazadas, de manera coordinada con el Departamento Administrativo de Seguridad;
Dirigir el Comité de Reglamentación y de Evaluación de Riesgos y el Programa de Protección Especial a Testigos y Personas Amenazadas y presentar a su consideración las propuestas que sean necesarias para la ejecución del programa;
Diseñar y coordinar la ejecución del Programa Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, de acuerdo con las políticas y directrices que le señale el Consejo Nacional para la Atención de la Población Desplazada por la Violencia;
Hacer las veces de Secretario Técnico del Consejo Nacional para la Atención de la Población Desplazada por la Violencia, para lo cual deberá convocarlo a sus reuniones, preparar la agenda, llevar sus actas, hacer seguimiento de sus decisiones y liderar la coordinación interinstitucional;
Dirigir el funcionamiento y la gestión de la Dirección, de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias, las políticas del Gobierno Nacional y las orientaciones del Ministro del Interior y del Consejo Gubernamental de los Derechos Humanos;
Coordinar, con la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, las acciones tendientes a garantizar el libre paso de los envíos de ayuda humanitaria, el acompañamiento nacional o internacional a la población desplazada y el establecimiento de oficinas temporales o permanentes para la defensa y la protección de derechos humanos en situaciones de emergencia;
Adoptar, en coordinación con la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos, los mecanismos necesarios para la atención y trámite de las quejas que se presenten en el marco de situaciones de desplazados por la violencia;
Apoyar a las personas o grupos de población desplazados que quieran retornar a sus lugares de origen;
Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.