Micelio

Artículo 2

Decreto 3222 de 2005 · por el cual se autoriza a la Nación -Ministerio de Hacienda y Crédito Público-, para canjear instrumentos de deuda interna, del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, por acciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Ordénase al Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, transferir a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las acciones que tendrá en la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP, en la sociedad Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP, y las que actualmente posee en las Centrales Eléctricas del Cauca S. A. ESP, Cedelca, por los montos indicados en el artículo anterior.

Parágrafo

Una vez entre en vigencia el presente decreto y para dar cumplimiento a lo establecido en este artículo, el Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas para las Zonas No Interconectadas, IPSE, dará las instrucciones necesarias a la Empresa de Energía de Boyacá S. A. ESP, EBSA S. A. ESP, y a Gestión Energética S. A. ESP, GENSA S. A. ESP, para que las acciones que reciba de dichas empresas sean emitidas directamente a nombre de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público, asimismo efectuará los trámites necesarios para que las acciones que posee en las Centrales Eléctricas del Cauca S. A. ESP, Cedelca, sean entregadas a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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