Micelio

Artículo 10

Los Diplomas A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Serán Refrendados Por El Jefe De Sección De Personal De Comando Del Ejército, La Armada O La Fuerza Aérea, Según El Caso

Decreto 812 de 1952 · Por el cual se crea la condecoración Servicios en Guerra Internacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los diplomas a que se refiere el artículo anterior, serán refrendados por el jefe de sección de personal de comando del ejército, la armada o la fuerza aérea, según el caso.

Parágrafo

La sección de personal del comando del ejército, la armada o la fuerza aérea, llevarán un libro de registro de las condecoraciones que vayan siendo adjudicadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 812 de 1952