Micelio

Artículo 4

Los Municipios De Berbeo, Campohermoso, Miraflores Y Paéz, En El Departamento De Boyacá, Harán Parte Del Distrito Judicial De Tunja, Y No Del De Guateque, Como Aparece En El Aparte Cuarto, Ordinal C) Del Artículo 1º Y En El Artículo 20 Del Decreto1356 De 1964

Decreto 1701 de 1964 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1356 del 9 de junio de 1964

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los Municipios de Berbeo, Campohermoso, Miraflores y Paéz, en el Departamento de Boyacá, harán parte del Distrito Judicial de Tunja, y no del de Guateque, como aparece en el aparte cuarto, ordinal c) del artículo 1º y en el artículo 20 del Decreto1356 de 1964.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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