Micelio

Artículo 5

La Junta Directiva De La Oficina De Control De Cambios, Importaciones Y Exportaciones Podrá Seguir Considerando Solicitudes Para Los Artículos A Qué Se Refiere Esta Resolución, De Personas O Entidades Que No Sean Comerciantes, Siempre Que Tales Cosas Se Destinen Exclusivamente Al Uso Y Consumo Del Solicitante

Decreto 789 de 1950 · Por el cual se aprueba la Resolución número 38 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones podrá seguir considerando solicitudes para los artículos a qué se refiere esta Resolución, de personas o entidades que no sean comerciantes, siempre que tales cosas se destinen exclusivamente al uso y consumo del solicitante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 789 de 1950