Micelio

Artículo 1

Los Oficiales De Clases Procederán De La Categoría De Suboficiales Jefes Y Sargentos Primeros De Infantería De Marina, Como Categoría Intermedia Entre Los Grados De Teniente De Corbeta Y Suboficial Jefe, De Acuerdo Con El Orden De Procedencia Establecido En El Artículo 9 De La Ley 92 De 1918

Decreto 828 de 1949 · Por el cual se reglamentan las condiciones de régimen de mando, ascensos e insignias de los Oficiales de Clases

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los Oficiales de Clases procederán de la categoría de Suboficiales Jefes y Sargentos Primeros de Infantería de Marina, como categoría intermedia entre los grados de Teniente de Corbeta y Suboficial Jefe, de acuerdo con el orden de procedencia establecido en el artículo 9 de la ley 92 de 1918

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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