Micelio

Artículo 2

El Papel Correspondiente A Ediciones Anteriores, Con El Sello Y Las Líneas En Color Verde, Seguirá En Uso Hasta El 31 De Diciembre Del Presente Año

Decreto 1773 de 1954 · Por el cual se pone en uso una nueva edición de papel sellado

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El papel correspondiente a ediciones anteriores, con el sello y las líneas en color verde, seguirá en uso hasta el 31 de diciembre del presente año. A partir del 1° de enero le 1955, sólo podrá usarse como papel del Estado el indicado en el artículo 1° de este Decreto.

Parágrafo

Los particulares que tengan en su poder papel sellado cuya vigencia expira el 31 de diciembre, deberán entregarlo a los respectivos funcionarios de Hacienda Nacional con 24 horas de anterioridad, por lo menos, al 1° de enero de 1955, a fin de que les sea cambiado por su equivalente, en papel de la nueva edición. Con posterioridad a la fecha indicada, no será admitida reclamación alguna. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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