Modifíquese el inciso primero del artículo 2.31.5.1.2 del Decreto número 2555 de 2010, el cual quedará así: “ Artículo 2.31.5.1.2. Cálculo de la reserva de riesgos en curso . El cálculo de esta reserva hace parte del pasivo por cobertura restante y se constituye en el momento de la emisión de la póliza o en el inicio de la cobertura del contrato de seguro, y se calculará como el resultado de multiplicar la prima pura de riesgo de la cartera retenida más el componente de gastos establecidos en la nota técnica aplicable, deducidos los gastos de expedición causados al momento de emitir la póliza, conforme a las políticas contables de diferimiento de cada entidad, por las unidades de cobertura de riesgo no corrido a la fecha de cálculo”.
Decreto 1272 de 2024 →Vigente
Artículo 12
Modifíquese El Inciso Primero Del Artículo 2
Decreto 1272 de 2024 · por el cual se modifica el Decreto número 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.