Micelio

Artículo 3

Asignación De Recursos

Decreto 4877 de 2011 · por el cual se definen las condiciones de utilización del saldo de los recursos excedentes del subsidio familiar con corte a 31 de diciembre de 2010, girados al Fondo de Solidaridad y Garantía - Fosyga.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Asignación de recursos. El Ministerio de Salud y Protección Social asignará los recursos entre los departamentos y distritos de acuerdo con el orden definido en el artículo anterior, de manera proporcional y en función de las deudas reportadas sin que en cada caso, la asignación supere el monto total de estas. Para el efecto, los departamentos y distritos deberán certificar ante el Ministerio de Salud y Protección Social que los recursos para el pago de estas deudas, según lo ordenado por la ley y los reglamentos son insuficientes. La certificación será expedida en los términos y condiciones que defina el Ministerio de Salud y Protección Social.

Parágrafo

Cuando la Dirección Territorial de Salud se haya constituido como Instituto o Departamento Administrativo y se encuentre en proceso de liquidación, el reporte de las deudas será el que expida el agente liquidador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4877 de 2011