Artículo único. Créase el cargo de Capellán del Ferrocarril Nacederos-Armenia, con la asignación mensual de doscientos cincuenta pesos ($ 250), y nómbrase para desempeñarlo al presbítero doctor Vicente Conde. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1878 de 1928 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1878 de 1928 · Por el cual se crea un puesto y se hace un nombramiento en el ferrocarril Nacederos - Armenia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.