º . Modifíquese el artículo 3º del Decreto 4181 de 2007, el cual quedará así: " Artículo 3º. Duración y sesiones . La Comisión Intersectorial para el Avance de la Población Afrocolombiana, Palenquera y Raizal tendrá vigencia hasta el 21 de mayo de 2009 y sesionará ordinariamente en dos oportunidades durante dicho lapso, por convocatoria de su Presidente".
Decreto 4401 de 2008 →Vigente
Artículo 2
Decreto 4401 de 2008 · por el cual se modifica el Decreto 4181 de octubre 29 de 2007, por el que se crea la Comisión Intersectorial para el Avance de la Población Afrocolombiana, Palenquera y Raizal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.