Prima de gastos de representación. Los Oficiales Generales de la Policía Nacional, en servicio activo, tendrán derecho a una prima mensual de gastos de representación, equivalente al treinta por ciento (30%) del sueldo básico.
También tienen derecho a los gastos de representación de que trata este artículo, los Oficiales que no siendo Generales, desempeñen los cargos de Director General, Subdirector, Jefe de Estado Mayor de Planeación y Comandarte de Departamento de Policía. El personal a que se refiere este
no tendrá derecho al cómputo de los gastos de representación para asignación de retiro, pensión y demás prestaciones sociales.