Micelio

Artículo 5

Determinación

Ley 2076 de 2021 · por la cual se amplía la autorización a la Asamblea Departamental del Meta y a los Concejos Municipales de cada una de sus entidades territoriales para que ordenen la emisión de la estampilla “Universidad de Los Llanos” y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Será la Asamblea del departamento del Meta quien determinará las características, hechos económicos, tari­fas, actos administrativos u objetos de gravamen, excepciones y todos los demás asuntos pertinentes al uso obligatorio de la estampilla en las operaciones que se realizan en el departamento y en cada uno de sus municipios. Las providencias que en tal sentido expida la Asamblea Departamental del Meta, serán de conocimiento del Gobierno nacional a través del Ministerio de Hacienda.

Parágrafo 1

El porcentaje del valor de hecho u objeto del grava­men será determinado por la Asamblea Departamental del Meta, pero en todo caso no podrá exceder del 3%.

Parágrafo 2

. Se excluyen de este pago los contratos de prestación de servicios suscritos con persona natural, cuyo valor no supere las 145 Unidades de Valor Tributario (UVT) por concepto de honorarios men­suales. Y las demás excepciones que la asamblea considere pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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