Art. 8. ° A fin de que el impuesto adicional al de la renta de salinas pueda hacerse efectivo sin que por ello se limite el radio de consumo de la sal del Gobierno, el Poder Ejecutivo podrá aumentar el derecho de importacion de sal marina en cuanto sea necesario para lograr dicho objeto, i mandará cobrar en las Aduanas el derecho de internacion de sal establecido por la lei de 5 de junio de 1871, sin perjuicio de tomar las demas providencias que estime necesarias para evitar que se interne la sal marina sin pagar el correspondiente derecho.
Ley 31 de 1874 →Derogado
Artículo 8
Ley 31 de 1874 · Que concede nuevas autorizaciones al Poder Ejecutivo para la construcción del ferrocarril del Norte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.