Micelio

Artículo 5

Decreto 1122 de 1959 · Por el cual se distribuye una apropiación y se reglamenta la inversión de la partida destinada para la construcción y arreglo del Palacio Arzobispal de popayán

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto . El Gobierno nombrará un Interventor para la supervigilancla de las obras que se adelanten con fondos1 dé la Nación. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1122 de 1959