° Dedúcense de la primera liquidación de los Presupuestos nacionales de Gastos de la vigencia económica de 1895 y 1896 las partidas que á continuación se expresan : DEPARTAMENTO DE L A DEUDA NACIONAL. capítulo 70, Deuda interior flotante. Artículo 369. Para pagar en remato los documentos que representan esta deuda, en el bienio, hasta $ 650,000 Artículo 370. Para la amortización de las primas de exportación que habla el Decreto número 172 de 1866, en el bienio 36000 Suman las deducciones $ 686,000 Valor líquido para el capítulo 70 2.220,292 85 Líquido disponible de dicho capítulo $1.534,292 85
Decreto 452 de 1895 →Vigente
Artículo 2
° Dedúcense De La Primera Liquidación De Los Presupuestos Nacionales De Gastos De La Vigencia Económica De 1895 Y 1896 Las Partidas Que Á Continuación Se Expresan : Departamento De L A Deuda Nacional
Decreto 452 de 1895 · Por el cual se abre un crédito adicional al presupuesto de gastos del bienio de 1895 y 1896, y se hace una deducción
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.