Funciones del Consejo Académico Nacional. El Consejo Académico Nacional ejercerá las siguientes funciones
Definir, establecer y mantener vigentes los propósitos generales de la función académica propia del objeto de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.
Formular y proponer al Consejo Directivo la orientación académica de la Escuela.
Impulsar el desarrollo académico de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP y las políticas de gestión del conocimiento, desarrollo disciplinar y técnico en el marco de la Administración Pública que permitan dar respuesta efectiva a las demandas de la sociedad y del Estado.
Aprobar los programas académicos y recomendar al Consejo Directivo Nacional la creación, supresión o fusión de programas de formación, investigación o extensión.
Participar en la formulación de los planes de desarrollo de la Escuela.
Emitir concepto previo sobre la creación, modificación o supresión de sedes territoriales, CETAP o instancias relacionadas con el desarrollo de programas académicos, investigativos y de extensión.
Emitir concepto previo a la adopción o modificación del reglamento docente, estatuto docente y estudiantil, y demás disposiciones académicas.
Proponer directrices, políticas y criterios para la organización y desarrollo del sistema de autoevaluación y de acreditación de los programas curriculares de la Escuela.
Emitir concepto sobre distinciones académicas y otorgar las que le correspondan, de acuerdo con las normas legales.
Definir la política en materia de publicaciones académicas institucionales. 11.Recomendar los estímulos y distinciones académicas. 12. Las demás que le señalen los estatutos y reglamentos.