Micelio

Artículo 105

Procedimiento Oficioso

Decreto 609 de 1977 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Agentes de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedimiento oficioso. El reconocimiento de la asignación de retiro y demás prestaciones a que tienen derecho los Agentes de la Policía Nacional, serán tramitados mediante el procedimiento de oficio de la Dirección General, con la obligación por parte del interesado de completar la documentación con las pruebas que la Dirección no este en condiciones de allegar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 609 de 1977