Contabilidad en cuentas separadas. Los usuarios industriales de bienes y de servicios de Zonas Francas deben llevar en su contabilidad cuentas separadas de los ingresos por venta de bienes y servicios a mercados externos y al mercado nacional, así como de los costos y gastos directamente imputables a unos y otros. Para estos efectos, los registros contables deben contar con soportes externos así: a) Para ingresos por servicios prestados a mercados externos, en las facturas se indicará el nombre, el número del pasaporte o de la tarjeta de residente y la nacionalidad del consumidor, cuando se trate de persona natural, o la fotocopia legalizada del documento que certifique la constitución y/o existencia de la empresa adquirente, de conformidad con la legislación del país de origen; b) Para ingresos por venta de bienes a mercados externos
Facturas de las operaciones respectivas.
Formularios de salida de bienes a mercados externos expedidos por el usuario operador de la respectiva Zona Franca.