Articulo 1º . Para las entidades públicas de los municipios de 3 a , 4 a , 5 a y 6 a categoría, el plazo para la implementación del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano se prorroga hasta el día 30 de junio de 2009, siempre que tales entidades informen al Departamento Administrativo de la Función Pública, antes del 8 de diciembre de 2008, el estado de avance y las razones por las cuales se acogen al plazo adicional.
Decreto 4445 de 2008 →Vigente
Artículo 1
Decreto 4445 de 2008 · por el cual se modifica el Decreto 2913 de 2007.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.