Micelio

Artículo 5

El Señor Gobernador De Nariño Ejercerá En Todas Las Vías Nacionales De Dicho Departamento La Vigilancia Que Crea Indispensable Para La Buena Marcha De Los Trabajos, Y Presentará Al Ministerio Del Ramo Los Informes Que Juzgue Necesarios, Indicando Las Medidas Que A Su Juicio Deba Adoptar El Gobierno Nacional Para La Eficaz Organización De Talles Obras

Decreto 325 de 1928 · Por el cual se organizan los trabajos en la vía nacional del Suroeste, sección del Departamento de Nariño, de Pasto hacia Popayán

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El señor Gobernador de Nariño ejercerá en todas las vías nacionales de dicho Departamento la vigilancia que crea indispensable para la buena marcha de los trabajos, y presentará al Ministerio del ramo los informes que juzgue necesarios, indicando las medidas que a su juicio deba adoptar el Gobierno Nacional para la eficaz organización de talles obras. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 325 de 1928