Coordinación General. Las Redes de Apoyo y Seguridad Ciudadana a que se refiere el artículo 2.6.1.1.5.1., de la presente Sección serán coordinadas por la Policía Nacional por medio de las diferentes unidades que operan en el territorio nacional, en colaboración con la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, quien expedirá los instructivos necesarios para dar cumplimiento a esta labor.
(Decreto 3222 de 2002 artículo 3°)