Si en el lugar donde resida o se detenga un Comandante de División, Brigada o Flotilla Fluvial existiere un Comandante de Plaza o de guarnición, le corresponde siempre a éste
Las medidas de orden público.
Las disposiciones sobre servicio de guardia de guarnición, de acuerdo con los reglamentos respectivos,
El cuidado de los edificios militares, cañoneros, etc.