Articulo 1° Aclárase el artículo 1° del Decreto 1647 de Junio 30 de 1981, en el sentido de que los nombres correctos de los funcionarios comisionados son Juan José Leguizamo Támara y Jaime Paredes Navas y no Juan José Leguizamo Támara y Jaime Paredes Ramos respectivamente como allí se dice.
Decreto 1988 de 1981 →Vigente
Artículo 1
Aclárase El Artículo 1° Del Decreto 1647 De Junio 30 De 1981, En El Sentido De Que Los Nombres Correctos De Los Funcionarios Comisionados Son Juan José Leguizamo Támara Y Jaime Paredes Navas Y No Juan José Leguizamo Támara Y Jaime Paredes Ramos Respectivamente Como Allí Se Dice
Decreto 1988 de 1981 · Por el cual se modifica el Decreto número 1647 de junio 30 de 1981
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.