°. Funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno . Las funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno son las siguientes
Organizar, dirigir y coordinar la aplicación del régimen disciplinario, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Preparar y establecer procedimientos operativos disciplinarios para que los procesos se desarrollen dentro de los principios legales de economía, celeridad, igualdad, eficiencia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho de defensa, el debido proceso y los principios de la función pública.
Ejercer en primera instancia la potestad disciplinaria sobre los servidores y exservidores de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), de acuerdo con la normatividad vigente.
Recibir las peticiones, quejas y reclamos que en forma verbal o escrita presenten contra los servidores de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y darles el trámite respectivo.
Informar oportunamente a la división de Registro y Control de la Procuraduría General de la Nación, sobre la apertura y decisiones de fondo adoptadas dentro de los procesos disciplinarios.
Poner en conocimiento de los organismos judiciales, de vigilancia y control, la comisión de hechos presuntamente irregulares que surjan del proceso disciplinario.
Llevar los archivos y registros de los procesos disciplinarios adelantados contra los servidores y exservidores de competencia de esta oficina.
Rendir informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las autoridades competentes cuando así lo requieran.
Desarrollar procesos de capacitación de los servidores públicos y colaboradores en la aplicación del régimen disciplinario vigente.
Las demás que le asigne la ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).