En los casos que se señalan en la Parte Especial, siempre que se reúnan los requisitos de que trata el artículo 81, y previos los trámites de procedimiento para procefiri sentencia definitiva, podrá el Juez, mediante providencia motivada, otorgar al responsable de un delito, el perdón judicial, que consiste en prescindir, de aplicarle la sanción que le correspondería.
De la ejecución de las sanciones y sus consecuencias